RESONANCIAS CANARIAS, S.L. con CIF: B76797141 y creada en julio de 2019, también conocida como «RESOCAN», es un centro de diagnóstico especializado en resonancias magnéticas que ha sido creado por el Dr. Pedro del Castillo-Olivares, un médico con más de 30 años de experiencia profesional tanto en la consulta médica como en la dirección hospitalaria.
RESOCAN nace en respuesta a la gran demanda que existe en Gran Canaria de un centro especializado en resonancias magnéticas.
Esta circunstancia provoca una saturación para la indicación de este tipo de pruebas y, en consecuencia, provoca listas de espera interminables.
RESOCAN surge con el objetivo de atender con la mayor rapidez y profesionalidad esta demanda y ofrecer resultados en un periodo de tiempo entre tres y 72 horas.
Disponemos de un equipo profesional formado por técnicos de imagen con amplia experiencia en atención médica para el desarrollo de un trato personalizado e integral del paciente.
Así, la principal característica que define nuestro centro es la rapidez de todo el proceso: tanto en la citación de los pacientes como en la realización de las pruebas y en la entrega de informes. Todo ello siempre garantizando la mayor profesionalidad y los resultados más precisos posibles.
La tecnología con la que contamos es un equipo de última generación de la casa CANON que representa lo más destacado del mercado actualmente. Entre sus ventajas se encuentra que es una máquina silenciosa, rápida, de alta definición y, sobre todo, que no requiere la aplicación de materiales de contraste para la mayoría de los procedimientos.
RESOCAN está ubicado en Telde, la cuarta ciudad de Canarias en población y segunda de Gran Canaria. No obstante, el ámbito de actuación del centro comprende toda la zona sureste de la isla e, incluso, supone un apoyo para la población de Las Palmas de Gran Canaria que debe esperar largo plazo para realizarse esta prueba diagnóstica.
– Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. En su texto se establece el deber de las empresas de promover condiciones de trabajo que evitaran el acoso sexual y por razón de sexo y arbitrar procedimientos específicos para su prevención y para dar cauce a las denuncias o reclamaciones que puedan formular quienes hubieran sido objeto del mismo. Asimismo, esta norma establece que dichas medidas deben ser negociadas con los representantes legales de los trabajadores.
Este mandato es reforzado mediante la entrada en vigor del Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro y se modifica el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo. Esta norma aclara que la elaboración y aplicación de los protocolos de prevención del acoso sexual y por razón de sexo son obligatorias para todas las empresas, independientemente de su plantilla.
– La Ley canaria 12/2014 incluye en el artículo 3.1, letra b) a las empresas o entidades privadas que reciben más de 60.000 euros anuales de ayudas públicas como sujetos comprendidos dentro su ámbito de aplicación; como también lo hace la norma básica estatal (Ley 19/2013), al establecer un conjunto de obligaciones informativas más reducido que las contemplados en la norma canaria u otras autonómicas.
– La Ley de Transparencia de Canarias indica que “el comisionado viene obligado a presentar anualmente un informe al Parlamento de Canarias sobre la aplicación y cumplimiento de las obligaciones de transparencia por las distintas entidades públicas y privadas de la Comunidad Autónoma, con el contenido mínimo que se recoge en la ley”.
– Obligación de comunicación previa al ejercicio de las actividades de producción de residuos en la Comunidad Autónoma de Canarias, de conformidad con el artículo 29 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, en relación con el artículo 69 de la Ley 39/2015, de 01 octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
– Art. 50.1, Ley 4/2012, de 25 de junio relativa al Régimen Económico Fiscal de Canarias.
– Reglamento (UE) 2016/679 de 27 de abril de 2016 (GDPR) y la Ley 3/2018 de 5 de diciembre (LOPDGDD), de Protección de Datos Personales.
La empresa no está obligada a auditar las cuentas.
La empresa deposita anualmente sus cuentas en el Registro Mercantil en cumplimiento de sus obligaciones legales, y éstas se pueden consultar actualizadas en la Sede Electrónica del mismo. Más información y acceso al trámite en: https://www.registradores.org/informacion-al-ciudadano/servicion-on-line
“Subvención a proyectos de inversión de pequeñas y medianas empresas en Canarias Cofinanciadas por el programa operativo FEDER – CANARIAS 2014/2020”
La actividad realizada es el diseño, adecuación y puesta en servicio de un centro de diagnosis mediante resonancia magnética, con el objeto de cubrir la demanda de este tipo de servicios en el Municipio de Telde.